En el BOE correspondiente al día 29 de noviembre se publica la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, mediante la que regulan, para el año 2015, el método de Estimación Objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Régimen Simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. Estos regímenes sólo resultan aplicables a las actividades que expresamente determine la Administración y que, en la actualidad se recogen el artículo primero de la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre. Por lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2015 se mantienen la cuantía de los módulos, los índices de rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas y sus instrucciones de aplicación. Igualmente, como en ejercicios pasados, se conserva la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos, a consecuencia de los acuerdos que se alcanzaron en la Mesa del Trabajo Autónomo. No obstante, como novedades más importantes a destacar para el próximo ejercicio, llamamos la atención sobre las siguientes:

  • En el ámbito de las tierras de regadío que utilicen para sus fines la energía eléctrica, se introduce un nuevo índice corrector.
  • Para los contribuyentes que desarrollen la actividad de extracción de resina, se dispone un nuevo índice de rendimiento neto al quedar estos empresarios incluidos en el método de Estimación Objetiva.